Jueves 15 de Febrero 2024
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Aguinaldo 2021: ¿Debo pagar impuestos al SAT por recibirlo?

Aunque a todos nos da coraje que nos descuenten dinero por trabajar, esta prestación laboral sí se ve afectada, pero sólo en algunos casos

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Si ya te frotas las manos por recibir tu aguinaldo, pero te preocupas por cuánto podría verse afectada esta prestación por el pago de impuestos, no hagas corajes antes de tiempo pues aunque sí se puede ver afectado por el Impuesto Sobre la Renta, esto sólo ocurre en ciertos casos que quizá no sea el tuyo.

Según el Sistema de Administración Triutaria (SAT) tanto personas físicas como morales (empresas) están obligadas a pagar el ISR, aunque en el caso del aguinaldo los trabajadores están xentos siempre y cuando dicha prestación no rebase el monto equivalente 30 a veces 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

¿Cómo saber si debes pagar ISR o no?

De tal modo, si quieres saber si debes o no pagar el ISR en lo que se refiere a tu aguinaldo, sólo multiplica el valor vigente de la UMA (86.88 pesos) por 30, que te dan 2 mil 606.40 pesos. Si tu aguinaldo es igual o menor, no deberás pagar ISR, pero si lo supera tu patrón deberá hacer el cálculo correspondiente para hacer la retención de impuestos.

El ISR se aplica a los ingresos que incrementan tu patrimonio, por lo que si vives en México, radicas en el extranjero con un establecimiento en el país o eres residente en el extranjero que recibes ingresos desde México, estás obligado a pagar este impuesto.

¿Cuándo se pagará el aguinaldo?

El pago de aguinaldo lo recibirás, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, antes del 20 de diciembre y será equivalente a, mínimo, 15 días de salario. Si no cumpliste el año de servicios, tendrás derecho a la parte proporcional conforme al tiempo que trabajaste, independientemente si estás laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo.

Pero el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que la mitad del aguinaldo la deberás recibir antes del 15 de diciembre y el resto a más tardar del 15 de enero, equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna.

Si quieres saber cuánto te corresponde de aguinaldo, considera tu salario diario base y no el integrado. Cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los 30 días laborados antes del nacimiento del derecho al aguinaldo.

Si todavía tienes dudas, comunícate a la Profedet para recibir asesoría gratuita a los teléfonos 8007172942 y 8009117877.

 

EG