Viernes 16 de Febrero 2024
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SAT: ¿Debo declarar los DEPÓSITOS de agua, luz y despensa?

Tras el aumento de vigilancia en las actividades económicas de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria marcó límites y lineamientos para los pagos.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aumentará la vigilancia en las actividades económicas, por lo que los depósitos en tarjetas bancarias para pagar los servicios básicos como despensa, agua, luz y renta de departamentos generarán más cuidado entre los usuarios.

Todo ello porque la iniciativa de Ley de Ingresos de 2022 aumentará las obligaciones para que las instituciones financieras proporcionen información mensual, en lugar de anual, de los cargos en efectivo que reciban los cuentahabientes.

Los depósitos que se reportan al SAT

La primera recomendación es asegurarte que los depósitos se realicen a través de una transferencia electrónica, debido a que estos no son necesarios de declarar al SAT. 

Los que sí son obligatorios de declarar son los depósitos en efectivo, por lo que los usuarios deberán ser cuidadosos con sus cuentas.

La cantidad que permite el SAT para depósitos

El SAT centrará su atención en los depósitos mayores a 15 mil pesos mensuales, debido a que estos complican su labor para identificar el origen legal de los recursos.

Las transferencias electrónicas suelen ser más fáciles de rastrear e identificar.

En contraste, si los depósitos en efectivo superan los 15 mil pesos, el SAT podrá rastrearlos y pedirá que se declaren, de acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021: Regla 3.5.13.

¿Quiénes declaran los depósitos en efectivo?

La dependencia informó que las Instituciones del Sistema Financiero deberán declarar los depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas abiertas a nombre de los contribuyentes en las instituciones, siempre y cuando el monto mensual acumulado exceda los 15 mil pesos mexicanos.

Cabe recordar que un depósito en efectivo se hace en moneda nacional o extranjera en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las Instituciones del Sistema Financiero.

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AJ