Sábado 17 de Febrero 2024
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Pensión IMSS: ¿Cómo heredar el pago de la Modalidad 40?

Entérate cómo heredar el pago de la Modalidad 40 de tu Pensión IMSS, para que tus familiares sigan haciendo aportaciones voluntarias y sea aún mayor

IMSS.No solo puedes heredar tu pensión, sino también los pagos de la Modalidad 40. Checa cómoCréditos: Especial
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Para retirarte con una Pensión IMSS de hasta 50 mil pesos mensuales, existe la posibilidad de sumarte a la Modalidad 40 y hacer aportaciones voluntarias, cuyo pago incluso puedes heredar para que tus familiares gocen de dicho beneficio.

Si cotizas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bajo la ley de 1973, tienes la posibilidad de seguir cotizando bajo el régimen “Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio” (Modalidad 40), que te permite seguir cotizando aunque no tengas ya una relación laboral vigente.

Si lo haces, te puedes retirar con una Pensión IMSS de hasta 50 mil pesos mensuales que en caso de fallecimiento puedes heredar bajo el concepto de pensión por viudez o por orfandad que se otorga a la esposa, esposo, concubina o concubinario de la persona asegurada fallecida por Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en edad avanzada o Vejez.

En caso de no haber esposa o esposo, la pensión de viudez la puede reclamar la mujer u hombre con que el asegurado o asegurada haya vivido durante los cinco años previos a su muerte o con quien tuvo hijos, siempre y cuando ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

En caso de que al morir el asegurado o asegurada hayan tenido varias concubinas o parejas, entonces a ninguna se le otorgará la pensión.

¿Cómo heredar el pago de la Modalidad 40 de la Pensión IMSS?

Si el beneficiario de la Pensión IMSS bajo la Modalidad 40 pierde la vida, el pago de este fondo de ahorros sí se puede heredar a sus seres queridos bajo el concepto de pensión por orfandad o por viudez, por lo que al cumplir con los requisitos puede recibir el pago.

Si el fallecimiento del asegurado es derivado de un riesgo de trabajo se requiere el dictamen de los servicios médicos institucionales, a través del formato “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgo de Trabajo ST-3”, para heredar la pensión.

El familiar también puede continuar con el pago de las aportaciones mensuales tras el fallecimiento del derechohabiente, de ser necesario, aunque al momento de la muerte el trabajador debe contar con un mínimo de 150 semanas cotizadas y que esté vigente en sus derechos. En el caso de la pensión por Riesgos de Trabajo no es necesario el periodo de cotización.

Los últimos requisitos para heredar la Pensión IMSS con la Modalidad 40 son acta de defunción, número de Seguro Social del derechohabiente fallecido y una identificación oficial del beneficiario.

EG