Viernes 16 de Febrero 2024
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IMSS: ¿Cómo puedo solicitar una ayuda económica si tengo a un familiar pensionado?

Estos son los requisitos que deberán presentar los familiares de un pensionado del IMSS si quieren una ayuda económica

IMSS: ¿Cómo puedo solicitar una ayuda económica si tengo a un familiar pensionado?.Estos son los requisitos que deberán presentar los familiares de un pensionado del IMSS si quieren una ayuda económica Créditos: Especial
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Esta información es importante para las personas que cuentan con un familiar que esté pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social. ¿Cómo puedo solicitar una ayuda económica si tengo a un familiar pensionado por el IMSS?

Se trata de las asignaciones familiares, las cuales son ayudas asistenciales para familiares del pensionado como: esposa o concubina, hijos menores de 16 años o mayores que se encuentren estudiando, así como hijos que no puedan mantenerse por sí mismos.

Las personas que reciben su pensión por el IMSS, por cesantía de edad avanzada o vejez, además de poder tener su dinero mensual correspondiente a su retiro, también puedes contar a ciertos apoyos económicos para ciertos familiares que dependan de ellos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una ayuda económica si tengo un familiar pensionado por el IMSS?

De acuerdo con el IMSS, estos son los requisitos que deberán presentar los familiares que estén interesados en solicitar una ayuda económica por tener a un familiar pensionado y tener en cuenta los siguientes porcentajes.

15 por ciento por esposa o concubina.

10 por ciento por cada uno de los hijos menores de dieciséis años.

10 por ciento por cada uno de los hijos de dieciséis y hasta veinticinco años, si se encuentra estudiando en planteles de la SEP, siempre y cuando que no sea sujeto a algún régimen obligatorio.

10 por ciento por cada uno de los hijos del familiar pensionado con motivo de no poderse mantener por sí mismo, ya sea por inhabilitación para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica, así que la asignación podrá continuarse pagando hasta que no desaparezca la inhabilitación sin importar la edad.

Si el pensionado no tiene esposa ni concubina, tampoco hijos se concederá una asignación del 10% por cada uno de los padres del pensionado, si es que estos dependen de él; si la persona sólo tuviera un ascendiente se le concederá adicionalmente una ayuda asistencia del 10%.

CA