Viernes 16 de Febrero 2024
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SAT: ¿Qué hacer si no puedes presentar tu declaración anual a tiempo?

Si se te olvidó o no podrás presentar tu declaración anual en abril, el SAT te da alternativas para cumplir con tus obligaciones fiscales

SAT:.Si no podrás hacer tu declaración anual antes de la fecha límite, aquí te decimos qué hacerCréditos: Especial
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Aunque puedes hacerte acreedor a una multa de hasta 30 mil 850 pesos por no cumplir con tus obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te da algunas alternativas para presentar tu declaración anual si se te olvidó o no podrás hacerla en lo que queda de abril. Aquí te decimos qué hacer.

Si quieres evitarte fuertes dolores de cabeza, lo mejor es cumplir con el SAT en tiempo y forma y no depender de las opciones alternas que dicha dependencia te da para ponerte al corriente y no hacerte acreedor a multas y sanciones por no presentar tu declaración anual.

No te confíes y mejor cumple con tus obligaciones fiscales, pues si eres una persona física tienes hasta el 30 de abril para presentar tu declaración anual, aunque por ser sábado podrás hacerlo hasta el 2 de mayo.

Si eres persona moral, la Ley fiscal señala que tenías de plazo para cumplir con esta obligación hasta el 31 de marzo, aunque el SAT te da un periodo de gracia que vence también este 2 de mayo y se considera una presentación de forma extemporánea.

Así es que si no has hecho tu declaración anual, mejor apúrate pues la multa podría ser de hasta 30 mil 850 pesos, aunque antes deberás recibir un requerimiento.

¿Qué hacer si no puedes presentar tu declaración anual a tiempo?

Si eres persona física o moral y no podrás hacer tu declaración anual antes del 2 de mayo, podrás efectuarla bajo los formatos y pasos que encontrarás en la nueva plataforma de Declaración Anual del portal de Internet del SAT, aclarando que lo único que cambia es que en tu historial se destaca que es extemporánea.

Si tampoco lo haces, te llegará primero un requerimiento, acompañado de una primera multa que puede ser de mil 240 a 15 mil 430 pesos, aunque si te presentas voluntariamente después de la fecha límite reconociendo tu falta y tienes saldo que pagar, solo aplicarían los recargos. Si estás en ceros, no aplicará ningún cargo.

Para calcular el pago de tus contribuciones tienes que usar el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior a aquel en que vayas a cumplir con las contribuciones y dividirlo con el anterior en el que debió haberse efectuado el pago. Si tienes recargos, se deberá multiplicar la cantidad actualizada por el porcentaje de recargos por mora acumulado en el periodo y pagarlos ante el SAT.

EG