Sábado 17 de Febrero 2024
LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Aguinaldo 2021: ¿Dónde denunciar si no fue pagado el día de ayer?

Si eres de las personas que sus patrones no les pagaron el aguinaldo, esto es lo que debes saber y cómo tomar cartas en el asunto

Esto es lo que debes hacer si no recibiste aguinaldo.Aquí podrás denunciar a tu empresa o patrón si no recibiste aguinaldo en este 2021Créditos: Foto Especial/ Cuartooscuro
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El lunes 20 de diciembre todos los trabajadores debieron recibir el aguinaldo 2021, pero ¿dónde puedes denunciar si no te fue pagado el día de ayer? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, esta señala que la prestación anual económica que reciben los empleados de debió pagar antes del 20 de diciembre.

El aguinaldo que se debió entregar o pagar a los trabajadores debe corresponder el equivalente a 15 días de salario. Entre los empleados que deben percibir aguinaldo son: los de base, confianza, planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro y vendedores.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo indicó que, todo trabajador activo o ex trabajador, aunque no haya trabajado el año completo, tiene que recibir la parte proporcional del aguinaldo al tiempo que esté laborando.

¿Qué hacer si no recibiste el aguinaldo?

Esto es lo que debes hacer si no recibiste aguinaldo; en el peor de los casos donde un patrón no pague el aguinaldo en tiempo y forma, la Ley Federal del Trabajo tiene estipuladas ciertas sanciones que va desde los 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización para este tipo de infracciones.

De hecho, la multas por no pagar el aguinaldo van desde los 4 mil 480 a los 44 mil 800 pesos.

Si tú como trabajador no llegas a percibir un aguinaldo anual, tienes  un año para demandar el pago ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje Federal o locales, así como en los Tribunales Laborales federales o locales y los Centros de Conciliación y Registro Laboral federal o locales.

Los trabajadores que cobran por honorarios no tienen derecho a aguinaldo, excepto a que se tenga una subordinación laboral a un solo patrón, y que este cubra un horario de jornada máxima legal de ocho horas. También debe recibir instrucciones de un superior inmediato y que tenga un lugar fijo de trabajo dentro de la empresa.

Si el trabajador necesita una asesoría para recibir su aguinaldo, puede ponerse en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, asistiendo a cualquiera de sus oficinas.

O también pueden llamar a los teléfonos 59-98-20-00 extensiones 44740 y 44741 o al 800-911-78-77 y al 800-717-29-42; pero también podrían mandar un correo electrónico a orientaciónprofedet@stps.gob.mx y al número de WhatsApp 55-14-84-87-37.

CA